4.2.1 EL PETRÓLEO Y LAS AGUAS JURISDICCIONALES
La política norteamericana hacia Orienta Próximo – cuya extensión geoestratégica va desde Oriente al Atlántico- no solo obedece para el control de las reservas de crudo suficientes, ante la previsión de agravamiento de los conflictos en Nigeria, Venezuela, Unión Soviética, o en los países árabes, sino también es mas estratégica para controlar el acceso a ellos de China, en creciente demanda energética vista como enemigo estratégico de primer orden por los sectores mas ortodoxos de la administración americana.
El Gobierno del estado colonialista español otorgo de forma unilateral, en diciembre del año 2001 unos permisos para investigar la existencia, (a finales de los setenta y en los primeros ochenta ya se llevaron a cabo investigaciones por parte de empresas españolas (Hispanoil y ENIEPSA) con indicios positivos) de petróleo en aguas territoriales canarias, cercanas a las costas de las islas de Lanzarote y Fuerteventura; las más próximas al continente africano (100 km). Los permisos de investigación se sitúan en aguas territoriales y para algunos existe una discusión entre estados foráneos, lejanos a los intereses del pueblo canario, sobre qué país detenta la soberanía de esas aguas. Esta lucha por estos intereses económicos de reparto ha llevado a confrontaciones políticas de gran calado entre los estados rapaces.
La "autorización" unilateral del Gobierno colonial español se efectuó mediante el Real Decreto 1462/2001 de 21 de diciembre, publicado en el B.O.E español del 23 de enero de 2002; permitiendo por parte de REPSOL-YPF el análisis previo a la extracción, señalando nueve áreas o zonas de prospección, con una superficie de explotación de 616.000 hectáreas, equivalentes a 900 campos de fútbol. Estas nueve áreas se sitúan en las costa Este de Lanzarote y Fuerteventura, a escasos veinte kilómetros de las mismas y, durante los seis años de permiso se contempla la realización de dos pozos exploratorios de prueba (entre el 2004 y el 2006).
Esta autorización otorgada a REPSOL-YPF parece ser, sin lugar a dudas, el primer paso para una futura explotación petrolífera en nuestras costas. Si no fuese así, parecería absurdo que una empresa vaya a gastarse en apenas 6 años de investigación la friolera de 30 millones de euros si no tuviese la certeza de que los resultados van a ser positivos para sus intereses económicos. Es mas REPSOL-YPF ya ha calculado una producción diaria de 144.000 barriles de crudo; compárese esta cantidad con los 6.356 barriles por día que extrae la multinacional en las costas de Tarragona (España), zona de mayor extracción de todo el estado español. Es más, en noviembre del pasado año 2002, el presidente de la compañía petrolera, en una visita al archipiélago, calculó un volumen de negocio de 57.000 millones de euros. Este interés económico contrasta con aquellos eruditos que desde posiciones de incredulidad afirman que al ser el Archipiélago de material volcánico no es posible las extracciones petrolíferas. O sino que se lo pregunten a otras petroleras, como la australiana, Woodside Petroleum, quien afirma en su expansión por África, que aspiran a producir este año 58 millones de barriles de petróleo, lo que le reportaría un beneficio de 526 millones de dólares estadounidenses, y que sus actuales planes de prospección de petróleo y gas abarcan a "Mauritania, Argelia y las Islas Canarias", junto a "Libia, Kenia y Sierra Leona.
Ante esta situación de explotación extranjera de nuestros recursos económicos naturales las instituciones administrativas coloniales y algunas organizaciones civiles, no cuestionan el problema de fondo, sino lo reducen a las consecuencias del impacto y riesgo medio ambiental de estas prospecciones petrolíferas. Incluso la propia REPSOL ha llegado a admitir que en la zona donde se realizan las prospecciones existen más de nueve especies- de las veintiséis que se han documentado en Canarias- las de mamíferos marinos. También señala que el área de las autorizaciones es el paso de las tortugas marinas hacia el Caribe en su recorrido anual. Se ha documentado la existencia de un interesante banco de merluza y sin lugar a dudas la técnica de la captura de los túnidos en Canarias, con cebo vivo, se vería afectada por la instalación de las plataformas al competir en el mismo espacio. En esta línea recientemente el Tribunal Supremo de Justicia español resolvió a favor de suspender las prospecciones petrolíferas de REPSOL-YPF en Canarias por la carencia del estudio de impacto medioambiental. Para el MPAIAC, este hecho formal, de irregularidad administrativa, será corregido y resuelto de forma administrativa en los próximos meses por el propio aparato del estado colonial, con la servidumbre de los serviciales colaboracionistas, al servicio de la multinacionales.
EL MPAIAC con rotundidad afirma que la cuestión del petróleo en el Archipiélago Canario va indisolublemente unida a la delimitación de las aguas territoriales. Esta es la clave en este asunto. Diferentes categorías jurídicas y conceptos hay que tener en cuenta en el problema del petróleo canario. La Convención de Montego Bay del año 82 (Naciones Unidas, 10 de Diciembre) sobre el Derecho del Mar establece dos categorías jurídicas: los; los primeros serían aquellos que constituyen por sí mismos un estado y los segundos serían aquellos archipiélagos que dependen políticamente de otro estado, como es el caso de Canarias, que actualmente por la fuerza de una conquista militar pertenece políticamente al estado español. Las aguas territoriales de un archipiélago de estado (por ej. Canarias), son las aguas comprendidas en doce millas medidas desde la costa de cada isla. En cambio, las aguas territoriales de un archipiélago estado son las aguas comprendidas dentro de las doce millas medidas a partir de la línea de base archipielágica (línea recta que une los puntos más salientes de las islas del archipiélago). Otro concepto a tener en cuenta es la Zona Económica Exclusiva, que se extiende a doscientas millas de la línea de base archipielágica y que implica el derecho soberano de explotación de recursos del mar, lecho y subsuelo marino. Pero este concepto jurídico sólo es aplicable a los archipiélagos estado. Por lo tanto, el Gobierno Colonial español ratifico, la Convención de Montego Bay en el año 94., incumpliendo los Derechos del mar, que en resumen señalan que los estados archipiélagos pueden extender sus aguas hasta 200 millas de Zona Económica Exclusiva y que en caso de chocar con otro país, se establece la mediana entre ambos. Si Canarias fuese uno de ellos, podría delimitar legalmente la línea media de su Zona Económica Exclusiva con Marruecos. El problema jurídico internacional y también diplomático radica en que España ha obviado esta legislación a la que está obligada y ha concedido unos permisos de prospección como si Canarias fuera un archipiélago estado y sin que haya ningún tipo de acuerdo bilateral para delimitar las aguas con el reino de Marruecos.
En resumen, la autorización concedida a REPSOL evidencia signos de ilegalidad e ilegitimidad por nuestros derechos históricos arrebatados mediante la fuerza militar. Desde el Partido Popular Español se ha justificado la concesión de los permisos de prospección para de esta forma delimitar la mediana con Marruecos. Este argumento es la gran excusa que está siendo esgrimida por aquellos que aprueban la instalación de las plataformas de REPSOL. El argumento parece ser claro: "para que el petróleo lo exploten los marroquíes, lo hacemos nosotros y, de paso, definimos la mediana". Nos podrían hasta engañar con tal simpleza. Lo que se debe intentar es que ni Marruecos ni España realicen trabajos de extracción de crudo; si de beneficios económicos se trata, en el período de veinte años de duración del proyecto de REPSOL,. Es evidente que con Marruecos es necesario dialogar y utilizar las vías diplomáticas para evitar que instalen en sus costas plataformas petrolíferas que amenazarían de igual modo nuestras islas. Un ejemplo de la situación controvertida de los beneficios que se obtengan, lo tenemos en la creciente industria pesquera de Marruecos está basada, sobre todo, en los ricos recursos pesqueros de las costas del territorio ocupado de Sahara Occidental. Según el derecho internacional, un estado ocupante debe gestionar los recursos del territorio que ocupa. Sin embargo, los beneficios de estos recursos deben ir dirigidos directamente al desarrollo de la población de dicho territorio ocupado.
En el caso de Sahara Occidental, los beneficios de la explotación de los recursos del territorio, sin embargo, en lugar de ir a los representantes, internacionalmente reconocidos, de los saharauis 1 -el gobierno del Polisario en el exilio- van a parar a la consolidación de la ocupación marroquí del territorio. Casi la totalidad de la mano de obra utilizada en el sector pesquero en Sahara Occidental es de origen marroquí y el crecimiento del sector está conllevando cada vez más establecimientos de marroquíes en los territorios ocupados.
Mientras que el gobierno noruego ha defendido generalmente a la parte saharaui en su conflicto con Marruecos, éste no ha sido el caso con el sector pesquero.
Si la postura del PP español es clara y hasta lógica si tenemos en cuenta los intereses económicos a los que sirve las intenciones de Coalición Canaria 2 son, a pesar de su interesada ambigüedad, también bastante claras. Como aves de rapiña, esperarán a saber si existe (como si no lo supiesen ya) petróleo para actuar, no paralizando la extracción del mismo, sino litigando con el gobierno estatal sobre la competencia en los contratos de adjudicación a REPSOL, con la finalidad de abalanzarse sobre el negro porcentaje de royalties que la empresa tendría que tributar. O sea recoger como siempre las sustanciosas "comisiones económicas" en nombre del pueblo canario con falta absoluta de dignidad política De hecho, la propia sentencia del Tribunal Supremo Español ha sido bien acogida por el propio Gobierno español en Canarias, al ver que la misma les permite recolocarse en un reparto que le estaban dejando fuera del negocio. La propia sentencia resalta el valor que puede llegar a tener un informe preceptivo del Gobierno de Canarias sobre la intervención minera en nuestros fondos marinos en unos momentos en los que la preservación medioambiental es un pilar fundamental para el desarrollo sostenible de Canarias. Ahora están obligados a escuchar al Gobierno de Canarias3 " ,
En el ámbito político insular, tan sólo dos organizaciones, el Partido Socialista Español en Lanzarote y la local Alternativa Ciudadana 25 de Mayo, han manifestado su absoluto rechazo contra el proyecto de REPSOL; pero su rechazo esta mas vinculado al cumplimiento de un requisito legal: la necesidad de hacer una valoración previa de las consecuencias ambientales de las prospecciones petrolíferas sobre el desarrollo turístico, para nada delimitan una posición política de mayor alcance. Estas organizaciones si se les garantiza este aspecto estarían de acuerdo con la metrópoli española. Los tribunales españoles con sus resoluciones basadas en sus criterios formales harán mas elegante o mas digeribles las decisiones políticas con intereses económicos de cara al pueblo canario. Efectivamente como dijimos en la redacción inicial de este documento, y sin negar la existencia de petroleo4 , posteriores informes de la abogada del Estado determinaron que los defectos eran subsanables mediante convalidación del acto administrativo. Es decir, REPSOL ha corregido los defectos administrativos que señalo el TS, y el Consejo de Ministro español 5 aprobara en breve los permisos para investigar la existencia de hidrocarburos en las costas de Fuerteventura y Lanzarote. Y aquellos que reclaman el cumplimiento de la ley 34/1998 del sector de hidrocarburos 6 pasan por alto intencionadamente la legalidad y la legitimidad de las aguas jurisdiccionales de nuestra nación, donde los interés de los estados de Marruecos y España es mantener el actual estatus quo de indefinición y por ende, de reparto de beneficios, y a lo sumo la cortina de humo la cerraran con el reconocimiento de las aguas interiores entre las islas o la declaración sin poder coercitivo alguno de la zona marítima sensible 7, que nadie que ver con el núcleo del problema en litigio. La prospecciones y producción de hidrocarburos es una que es considerada estratégica por el Estado colonial de España, independiente de quien ejerza su gobierno en un momento dado, ya que se sabe que la metrópoli, tiene una total dependencia exterior, por la irrelevante producción de petrolero (0.5/) y de gas natural (1/) en relaciona su consumo...Esto confirma lo que venimos permanentemente denunciado y ejemplarizada la capacidad de decisión y de subordinación seguidita de esta administración de papel en Canarias y de sus fuerzas políticas y los usos económicos y políticos que la metrópoli española ha realizado históricamente de nuestra nación, por ejemplo la desarticulación de la flota pesquera a manos foráneas. Por lo tanto este interés estratégico para la metrópoli española pasa a un primer orden frente a las posibles consecuencias medioambientales de las prospecciones y las organizaciones políticas gestoras quedan desguarnecidas políticamente, unas por obediencia debida y otras por ilusionismo táctico se sienten engañados. No obstante, hay antecedentes de cómo las petroleras sobornan a los gobiernos, como se investiga en Guinea 8.
Las multinacionales petroleras buscan zonas con menores costes de producción para amortizar sus cuentas anuales, ya que, la internacionalización de la economía mundial, lleva a buscar nuevas zonas de abastecimiento energético, en previsión de nuevos conflictos geográficos de repercusión global. Los últimos acontecimientos en Oriente Próximo es buena ejemplo de ello. Las políticas de las economías de las grandes potencias mundiales buscan garantías de reservas petrolíferas a lo largo del mundo en el diseño del desarrollo de varios escenarios posibles de conflicto mundial.
En el marco político jurídico de Canaria actual, como autonomía administrativa subordinada a los intereses del Gobierno colonial español a través de los llamados pactos de Estado, no es posible la resolución del problemas de las aguas territoriales ni del dominio soberano de nuestros recursos, así lo reconocen los técnicos al servicio del colonialismo, como el embajador miembro del Tribunal Permanente de Arbitraje de La Haya, José Manuel Lacleta, quien afirmó que el derecho internacional no permite que se establezcan aguas archipielágicas en Canarias, es decir, un perímetro que rodee al Archipiélago y que resultaría del trazado de las líneas de base rectas entre los vértices de las islas, a lo sumo que puede aspirar esta raquítica autonomía es a tener competencias entre las aguas que están entre las islas. Simples migajas, lo de las aguas interiores, ante la dimensión de nuestra identidad nacional como pueblo soberano. Los colonialistas, le dan la salida técnica, a sus servidores en Canarias, de las aguas interiores, y también ellos mismos reconocen que si fuésemos un Archipiélago con Estado independiente de España, seria factible y efectivo internacionalmente reivindicar la zona económica exclusiva, nuestras aguas territoriales y las licencias y gestión de los beneficios del petróleo.
El MPAIAC consciente de su papel histórico y de este expoliación economica y atentado a nuestros derechos nacionales, reafirma que Canarias es un Archipiélago africano administrado por España, pero no es España. Los vuelos aéreos entre España y Canarias, al entrar en el espacio aéreo/control aéreo africano (Marruecos) son -bajo la Convención de Chicago- "vuelos Internacionales".
Esta realidad es reconocida de facto por el propio Gobierno colonial español cuando propuso al Reino de Marruecos otorgarle un "corredor aéreo" España-Canarias a cambio del control del tráfico aéreo del Sahara. La oferta surrealista de Madrid fue rechazada por Rabat.
La Unión Africana (OUA), un sujeto del Derecho Internacional, declaró el 20 de Julio de 1968: "... Las islas Canarias son parte integrante de África. No constituyen una parte integrante de España. En consecuencia, debemos declarar que las Islas Canarias tiene el derecho a la autodeterminación y a la Independencia, como cualquier otro territorio Africano aún sometido a dominación colonial".
Esta realidad africana (hecho diferencial canario) siempre ha sido reconocida por Madrid: REF, Puertos francos, condición de "provincias" bajo un mismo mando civil y militar con la esclarecedora denominación de "Canarias y el África Occidental Española", etc. También es reconocida de facto por Bruselas al integrarnos en las regiones de ultramar dependientes de la UE (las llamadas "regiones ultraperiféricas" - RUP).
El Comité de Descolonización de la ONU (The Fourth Committee (Special Political and Decolonization) reiteró que Archipielagos como Canarias son "TERRITORIOS NO AUTONÓMOS" y tienen "DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN E INDEPENDENCIA" (12 octubre 2000). "En este contexto, declaró el Comité, hacemos un llamamiento a las Potencias administradoras, en cooperación con los gobiernos territoriales (regionales), para que faciliten programas de educación política para que el pueblo sea consciente del Derecho a la Autodeterminación".
El Pueblo Canario posee la soberanía permanente sobre los recursos naturales de nuestro país. La Asamblea General de la ONU reafirma que "la explotación y el saqueo de los recursos marinos y otros recursos naturales de las colonias y Territorios-No-Autogobernados, por intereses económicos extranjeros, en violación de la pertinente resolución de Naciones Unidas, es una amenaza a la integridad y prosperidad de dichos territorios", y que "cualquier potencia administradora que prive a los pueblos colonizados de los Territorios-No-Autogobernados del ejercicio de sus legítimos derechos sobre sus recursos naturales, viola las solemnes obligaciones asumidas bajo la Carta de las Naciones Unidas".
Las licencias a REPSOL para la búsqueda y evaluación de la existencia de petróleo no suponen explotación o extracción física de recursos mineros, y por ello no acarrean por ahora beneficios directos. Si bien por ello no son de por sí ilegales, serían sin embargo una violación de la legalidad internacional si llegaran a desembocar en mayores actividades de exploración o explotación en detrimento de los intereses y aspiraciones del pueblo africano de Canarias. Ante la concesión por parte de la metrópoli española de licencias a la empresa metropolitana Repsol YPF para buscar petróleo en aguas africanas cercanas a Canarias (dentro de nuestro mar territorial y fuera del mismo) y la protesta oficial realizada por el Reino de Marruecos ante el Embajador de Madrid en Rabat (31.1.02), para el MPAIAC no podemos seguir siendo espectadores pasivos del affaire, es hora de pasar a la acción.
Para el MPAIAC que Canarias no pueda gozar de todos sus recursos marinos se debe a lo que calificó como "denigrante e infame e indefensión" en la que están las Islas y que "condiciona su futuro". Así, pidió "denunciar a España ante los organismos internacionales". gobiernos africanos, el cuerpo diplomático acreditado en Madrid, Londres, UE, media nacional e internacional, etc.
El MPAIAC IMPUGNARÁ ante la ONU y la Unión Africana (UA) cualquier explotación petrolífera por parte de Madrid y sus empresas metropolitanas en aguas africanas de Canarias e invita a TODOS los patriotas canarios/as a sumarse a esta OBJECIÓN para presentar una PROTESTA UNITARIA ante los foros internacionales.
Un barrister inglés (especialista en Derecho Internacional) ha remitido un ADVICE (opinión legal) informándonos -entre otras cosas- que "Canarias no es España ni España puede tener espacios marítimos en Africa". Según este eminente barrister que ha representado a gobiernos de varios países, "España -como administering Power [Potencia administradora]- no puede explotar los recursos naturales de un territorio de ultramar en beneficio propio".
Teniendo en cuenta este ADVICE legal, el MPAIAC elevará una protesta formal a Su Excelencia el Sr. Kofi Annan, Secretario General de Naciones Unidas. También a Su Excelencia el Sr. Joaquim Chissano actual Presidente de la Unión Africana y S.E. M. Alpha Oumar Konaré Presidente de la Comisión Permanente de la UA. Nuestra futura objeción cuestionará no sólo la legalidad de cualquier explotación petrolífera en aguas africanas de Canarias, sino, también, que una "Potencia administradora" pueda explotar nuestros recursos naturales canarios en beneficio de la Metrópoli y sus empresas metropolitanas, en detrimento de los legítimos derechos e intereses del Pueblo africano de Canarias.
Teniendo en cuenta que -según este eminente jurista en Derecho Internacional- la delimitación de las aguas de un territorio de ultramar es "un acto con implicaciones internacionales", el MPAIAC pedirá a los Secretarios Generales de la ONU y la Presidencia de la Comisión de la Unión Africana (UA) que nos informen en nombre de quién se está delimitando las aguas de Canarias. En ambos casos, ya sea en nombre de España o de Marruecos, el MPAIAC pedirá a estos organismos internacionales que incluyan a Canarias en el "Special Committee on Decolonization", pues un país europeo (España) que se mantiene a la fuerza en Canarias, tras una conquista sangrienta desde el siglo XV, no puede tener aguas en un continente que no es el suyo (África).
El MPAIAC recuerda que -bajo el Derecho Internacional y la Carta de la ONU- los recursos naturales de Canarias deben ser gestionados en beneficio del Archipiélago y el Pueblo Canario. La Potencia administradora (España) tiene la obligación legal -según el Derecho Internacional vigente- de "gestionar en beneficio del Territorio los recursos naturales del Territorio, promover el desarrollo económico y social del Territorio, preservar la identidad cultural del Territorio, impedir la inmigración metropolitana para que el pueblo autóctono del Territorio no sea desplazado o acorralado, facilitar programas de educación política para que el pueblo del Territorio sea consciente del Derecho a la Autodeterminación...".
Por último, dentro del programa de la ONU "Plan of Action of the International Decade for the Eradication of Colonialism" (Plan de acción para erradicar el colonialismo), el MPAIAC pedirá a la alta instancia internacional que pida al gobierno colonial de Madrid que respete las "provisions of Article 73 e of the Charter and the 1960 Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples, for the period beyond 2000" (o sea, el Derecho de los habitantes del territorio nacional de las Islas Canarias a decidir su independencia y régimen político sin recibir presión alguna del exterior: el derecho de autodeterminación).
Sin embargo, para el MPAIAC desde una posición independentista, lo que este en nuestras aguas pertenece al pueblo canario y con toda seguridad si la explotación la realizara el pueblo soberano de canarias a través de unas instituciones libres capaces de establecer por si misma acuerdos internacionales habría garantías suficientes en todos los ámbitos de una resolución efectiva de este nuevo conflicto producto de nuestra situación colonial.
1
Afrol New. , 19 de Septiembre 2003- Una delegación de representantes de las Cámaras de Comercio de Canarias inicia este sábado un viaje promocional a Sáhara Occidental, aunque los representantes canarios denominan el destino como "Sur de Maruecos". El motivo de la visita se debe al deseo de los empresarios canarios de aumentar sus horizontes comerciales. Los preparativos del viaje han estado marcados por presiones por parte del Ministerio español de Exteriores, dado que Sáhara Occidental sigue siendo territorio ocupado ilegalmente por Marruecos. La delegación canaria está integrada por aproximadamente cincuenta representantes de distintos sectores del mundo empresarial canario y sus destinos serán las Islas Azores y el "sur de Marruecos", término con el que definen el territorio de Sáhara Occidental ocupado por Marruecos. Meses después el Gobierno español en Canaria respaldo políticamente esta iniciativa, presentándola como suya.
2
EL DIA. Domingo, 17 Noviembre 2002. La posición nacionalista: Lorenzo Suárez, ex consejero de Industria y Comercio del Gobierno Canario, apuntó que desde el punto de vista económico las repercusiones directas serán mínimas, pues las reservas estratégicas no pertenecen a esta Comunidad Autónoma y el refino del petróleo se efectuará donde decidan las empresas que lo extraigan. No obstante, aseguró que las Islas se verán beneficiadas en el futuro al pertenecer a un Estado español más rico.
3
CanariasAhora.com. Jueves 25 de Marzo 2004.
4
Lanzarotedigital.com. 16.1023.Martin asegura que Repsol no ha encontrado petroleo en canarias (canarias 7).
5
Canarias 7, Martes 10 de Agosto de 2004. p 14. Repsol seguirá buscando crudo tras corregir el expediente que anulo el TS. Presidencia del Gobierno informa de que está a la espera de que el Real Decreto que confirma los permisos de la petrolera sea aprobado en breve por el Consejo de Ministro, tal como ha informado por carta recibida el 28 de Julio al Cabildo de Lanzarote por el Ministerio de la Presidencia.
6
Canarias 7 .Sábado 14 de Agosto 2004. 16p. La modificación introducida por CC en la ley 34/1998 del sector de hidrocarburos, establece que cuando se produzcan actividades en el subsuelo marino, incidan o no en las zonas terrestres, se requerirán informes de la Comunidad Autónoma afectada en el informe de concesión de explotación de yacimientos.
7
Congreso de los diputados Español..27 de mayo de 2003. José segura Clavell,hoy Gobernador de España en Canarias, presento una proposición no de ley sobre salvamento marítimo, sesión a la que no asistió ningún parlamentario de CC en Madrid, y que rechazo el PP, acogiéndose al Convenio del Mar suscrito por España en Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, y otras normativas, propuso, como mecanismo para controlar la actividad marítima en dicha zona la la solicitud de canarias como Zona Maritima especialmente sensible, a la Organización Marítima Internacional.
8
Canarias 7.11 de Agosto de 2004, p 18. El consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias insistió que este asunto es competencia de la Administración Central y cuando se encuentre algo diremos cual es la postura del Gobierno
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